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¿Evaluamos? ¿Qué nos dice la ley?

Tradicionalmente la evaluación se ha basado en un única prueba escrita donde se examinaban todo lo aprendido por los alumn@s sobre la materia en cuestión. El problema es que jugarse todo a una única carta, a menudo, genera un fuerte estrés que hace que no seamos capaces de expresar todo lo que realmente hemos aprendido. Por ello, cada vez más se están aplicando nuevas fórmulas para comprobar el aprendizaje.




El marco legal se recoge en la Orden ECD/01565/2, de 21 de enero, por la que se describen las relaciones entre las competencias, los contenidos y los criterios de evaluación de la educación primaria, la educación secundaria obligatoria y el bachillerato. Según se indica en el preámbulo de esta orden el modelo de currículo de Educación Primaria, la Educación Secundaria Obligatoria y el Bachillerato deben estar basado en las competencias básicas. En este marco, la ley indica que el enfoque metodológico basado en las competencias clave debe conllevar importantes cambios:

- el concepto del proceso enseñanza-aprendizaje

- el modelo de organización

- en la cultura escolar

- en las prácticas de trabajo

- En los métodos de enseñanza

Además requiere una estrecha colaboración entre docentes para: el desarrollo curricular y en la transmisión de información sobre el aprendizaje de los alumn@s.


En concreto, en el Anexo II de esta orden se establecen algunas directrices metodológicas para llevar a cabo todos estos cambios. Los métodos a emplear deben adaptarse en función de las metas propuestas y los condicionantes en los que se desarrolla la enseñanza (la naturaleza de la materia, las condiciones socioculturales, la disponibilidad de recursos, las características de los alumn@s, etc). además deben enfocarse a la realización de tareas situaciones-problemas y deben tener en cuenta la atención a la diversidad (respetar los distintos ritmos y estilos de aprendizaje). De cualquier modo, las metodologías a emplear, siempre deben favorecer una adquisición progresiva de las competencias (desde aprendizajes simples a otros más complejos) y deben motivar al alumnado: generando curiosidad en ellos, a la par, que les deben guiar para que no desistan ante las dificultades; en definitiva, promoviendo un papel activo y autónomo por parte de los alumn@s.

En este sentido, las metodologías activas y contextualizadas son las más apropiadas para fomentar la motivación, y se pueden apoyar en estructuras de aprendizaje cooperativo. En el caso de mejorar el proceso enseñanza-aprendizaje competencial, se deben aplicar estrategias interactivas (permiten el intercambio verbal y colectivo de ideas). Los métodos que contextualizan el aprendizaje (aprendizaje por proyectos, estudio de casos, aprendizaje basado en problemas, la experimentación y el aprendizaje funcional) facilitan el desarrollo de competencias e incrementan la motivación.

En la ley se destaca la metodología de trabajo por proyectos por ser especialmente relevante para el aprendizaje por competencias. Con él, se empuja al alumnado a poner en práctica sus conocimientos, habilidades y actitudes obtenidas en las diferentes áreas o materias.

También se hace hincapié en el uso del portfolio (potencia su autonomía, pensamiento crítico y reflexivo) para obtener información detallada sobre el aprendizaje del alumnado, mantener una evaluación continua y compartir los resultados del aprendizaje.

De forma transversal, la selección de los materiales y recursos didácticos es una labor de gran importancia para el desarrollo de cualquiera de las metodologías ya mencionadas. La ley insta a los profesores a implicarse en la elaboración de estos materiales y que los adapten a los distintos niveles, estilos y ritmos de aprendizaje para atender a la diversidad del aula. Entre ellos, se debe potenciar la integración de las Tecnologías de la Información y la Comunicación en el proceso de enseñanza-aprendizaje.

Por último, la ley recoge la importancia de la coordinación por parte del equipo docente sobre estrategias metodológicas y didácticas.


En lo que respecta a la evaluación de las competencias clave, la ley define los 7 puntos que deben guiar toda evaluación:

1. Tanto en evaluación continua como en evaluación final, debe considerarse el grado de dominio de las correspondientes competencias, empleando los procedimientos e instrumentos adecuados. Para ello, se insta a utilizar estrategias e instrumentos de evaluación que promuevan la resolución de problemas ante contextos reales, de modo que los alumn@s empleen sus conocimientos, destrezas, valores y actitudes.


2. Deben relacionarse los estándares de aprendizaje evaluables con sus correspondientes competencias.


3. La evaluación sobre la adquisición de competencias debe estar integrada con la evaluación de los contenidos. Se trata de evaluar que el alumn@ es capaz de emplear los conocimientos, destrezas, actitudes y valores para resolver las situaciones ante las que se enfrenta.


4. La evaluación del desempeño de las competencias se medirá a través de rúbricas o escalas de evaluación (indicadores de logro) siempre teniendo en cuenta el principio de atención a la diversidad.


5. La evaluación del alumnado con discapacidad debe realizarse de acuerdo a los principios de no discriminación , accesibilidad y diseño universal.


6. Se deben emplear procedimientos de evaluación variados como parte integral del proceso de enseñanza y aprendizaje y para mejorar la calidad de educación. Se deben incorporar estrategias que permitan la participación del alumnado en la evaluación de sus logros: la autoevaluación, la evaluación entre iguales o la coevaluación. De este modo se favorece el aprendizaje gracias a los procesos de reflexión sobre sus propias fortalezas y dificultades. En la ley se plantea integrar todas las competencias en el marco evaluador y, para ello, se insta a a emplear procedimientos de evaluación como: las pruebas orales y escritas, el portfolio, los protocolos de registro o los trabajos en clase.


7. Las pruebas de evaluación externa de fin de etapa previstas en la LOMCE incluirán en diseño y evaluación los estándares de aprendizaje evaluable del currículo.




















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